La medida se extiende desde el 20 de junio por otros 180 días. De esta manera, los ajustes trimestrales que corresponden a septiembre y diciembre serán fijados nuevamente por decreto. Tal como informamos ayer, todos los jubilados del país perdieron poder adquisitivo desde el cambio de gobierno en diciembre de 2019.
El artículo 1º del DNU expresa “prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de la aplicación del artículo 32 de la Ley Nº 24.241, establecida en el artículo 55 de la Ley Nº 27.541”.
Agrega que durante este período los aumentos serán determinados por el Ejecutivo Poder Nacional.
Frente a la imposibilidad de sesionar para discutir los alcances de la Ley de movilidad jubilatoria y el nuevo cálculo que se establece para la misma, se decidió extender la medida de congelamiento hasta diciembre.
En marzo se otorgó una suma fija de $1500 y los aumentos por decreto de 2,3% en marzo y 6,2% en junio establecen un aumento que ronda entre el 9% y 18% según el rango de haberes.
Con la fórmula suspendida avalada por Ley en el año 2017 rondaría un aumento del 23% para todas las jubilaciones, pensionados y prestaciones sociales.
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