La denuncia expone una maniobra interna que habría permitido que las máximas autoridades del organismo eludan el tributo que pesa sobre cualquier cargo público. ONG y entidades civiles piden que se investigue.

TUCUMAN.- Una presentación formal ingresada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a poner bajo la lupa al Tribunal de Cuentas de Tucumán. La denuncia sostiene que sus tres vocales —el presidente Miguel Chaiben Terraf, el vocal abogado Sergio Miguel Díaz Ricci y el contador Marcelo Vidal— no pagan Impuesto a las Ganancias (IG) desde hace más de dos décadas, pese a que la Ley del Impuesto a las Ganancias obliga a tributar a todos los funcionarios públicos que perciben remuneraciones de cuarta categoría.
El reclamo generó especial malestar entre organizaciones civiles, ONG y entidades del tercer sector, que en los últimos meses impulsan campañas para exigir mayor transparencia fiscal. Varias de ellas manifestaron que “no es razonable que quienes deben controlar el uso de los recursos públicos no cumplan con obligaciones tributarias básicas”.
Una exención sin respaldo legal
Según la presentación, la supuesta omisión se basa en una interpretación interna adoptada por el Tribunal de Cuentas mediante el Acuerdo N° 1.171/97. A partir de ese criterio, los vocales resolvieron que tributar Ganancias afectaría la “intangibilidad” de sus remuneraciones y su independencia funcional, extendiendo por analogía un privilegio que —remarca la denuncia— no les corresponde y que, además, fue superado por la normativa vigente a nivel nacional.
El planteo subraya que ni la Constitución provincial ni la Ley de Administración Financiera N.º 6.970 mencionan exenciones impositivas para los miembros del organismo. La norma únicamente equipara su estatus remunerativo y de prerrogativas con los jueces de la Corte Suprema local, pero no los exceptúa de tributos nacionales.
“Las exenciones solo pueden surgir de la letra expresa de la ley. La analogía está prohibida en materia tributaria”, indica el texto presentado ante ARCA.
El debate nacional ya está resuelto
La denuncia recuerda que la discusión sobre el pago de Ganancias por parte de magistrados quedó saldada tras la reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias de 2016. Desde entonces, todos los jueces y funcionarios judiciales designados con posterioridad están obligados a tributar.
El escrito detalla que, incluso antes de los cambios normativos, la garantía de intangibilidad salarial nunca funcionó como una “inmunidad tributaria absoluta”. Tampoco existe jurisprudencia que habilite extender esa protección a cuerpos de control como el Tribunal de Cuentas, que no cumplen funciones jurisdiccionales.
“Si los jueces pagan Ganancias, no existe argumento válido para que los miembros del Tribunal de Cuentas permanezcan al margen de un impuesto general”, advierte la presentación.
Un perjuicio fiscal de más de 25 años
De acuerdo con el documento presentado, el organismo no habría retenido ni ingresado a ARCA los montos correspondientes al IG desde la vigencia de la acordada interna. La omisión, señala, podría encuadrar en la figura de “omisión de impuestos” prevista en el artículo 45 de la Ley 11.683, con multas que van del 100% al 200% del tributo debido.
“Se trata de funcionarios contadores y abogados, máximas autoridades de control externo. Su deber de diligencia es mayor. Una exención creada por ellos mismos no puede justificar el incumplimiento”, finaliza el escrito.
