El Gobierno Nacional dictó la medida ante el avance del plan de vacunación contra el Covid-19, y por el descenso de la tasa de casos positivos.
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El Gobierno Nacional formalizó este martes los requisitos para el retorno al trabajo presencial de los empleados estatales a partir del 1ºde septiembre próximo, ante el avance del plan estratégico de vacunación contra el Covid-19, así como el descenso de la tasa de casos positivos de la enfermedad.
La medida se adoptó mediante la Resolución 91/2021, firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ana Castellani, y publicada este martes en el Boletín Oficial, que comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional del País.
Se señala en la norma que “serán convocables al retorno a la actividad laboral presencial los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19”, autorizadas en la Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, luego de 14 días posteriores a la inoculación.
La modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento, y quedan exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial sólo los empleados con inmunodeficiencias, categoría que comprende a los pacientes oncológicos, con HIV, y trasplantados, y a las personas gestantes.
Las oficinas de recursos humanos de los distintos organismos y jurisdicciones deberán solicitar a quienes fueren convocados, el correspondiente Certificado de Vacunación, al cual podrán acceder desde la aplicación Mi Argentina.
Se puntualiza en la Resolución que los agentes que sean citados en forma fehaciente para realizar trabajo presencial y no lo cumplieren, “serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”.

La Resolución alude además a los trabajadores que opten por no inocularse, quienes igualmente serán convocados al trabajo presencial, pero se les impone el “deber de actuar de buena fe, dirigiéndose al Departamento de Sanidad, o su equivalente en cada organismo, a fin de obtener información sobre la vacuna en cuestión”.
No obstante, y en el caso de “continuar con la decisión de no vacunarse, deberán firmar una nota con carácter de Declaración Jurada, expresando los motivos de su decisión y comprometiéndose a tomar todos los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo al cual pertenece, debiendo ser convocados a la prestación presencial de labores”, dice.
En los fundamentos de la Resolución se señala que “se alcanzaron altas coberturas de vacunación con una dosis” y que “la evolución de la pandemia mostró un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones”, por lo cual “resulta necesario brindar pautas reglamentarias para éste nuevo período de presencialidad programada”.
