El Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó la medida, que tendrá una vigencia de seis meses. Afecta solo a trabajadores de este rubro. detalle de los sueldos actualizados.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
BUENOS AIRES.- En el último viernes del marzo tomó estado público, que el Juzgado Federal N°2 de San Martín, dictó una medida cautelar por seis meses, que suspende la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.
La resolución judicial alcanza específicamente al sector de los empleados de comercio y representa un freno transitorio a puntos centrales de la reforma impulsada por el Gobierno.
El reclamo fue impulsado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), entidad que confirmó que el fallo busca dar estabilidad a los acuerdos preexistentes.
El fallo ratifica los convenios colectivos de trabajo suscriptos por la entidad, garantizando la validez del CCT 130/75 y de todos sus acuerdos derivados.
El fallo del juez federal Elpidio Portocarrero argumenta que los artículos suprimidos pueden «incidir sobre la autonomía colectiva y el normal desenvolvimiento de las asociaciones sindicales» y que «suscitan interrogantes razonables en torno a su alcance e impacto sobre el sistema de negociación colectiva».
La ultraactividad refiere a un régimen que permite que un convenio colectivo de trabajo continúe vigente incluso después de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo. En tanto que el tope a los aportes sindicales sancionado por la ley establecía un límite del 2% de los salarios de los trabajadores.
El Secretario General de FAECYS, Armando Cavalieri, señaló: «Este fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonomía para negociar. No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos. Defender el financiamiento de nuestra institución es defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país».
Aumento de sueldo: puntos clave del acuerdo
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las principales cámaras empresariales del sector firmaron un el acuerdo de la paritaria, que establece incrementos remunerativos y no remunerativos para el segundo trimestre del 2026.
El acuerdo fue rubricado por el secretario general de la FAECyS, Armando Cavalieri, y representantes de la CAC, CAME y UDECA y está pendiente de homologación.
Aumento del 5% remunerativo escalonado
Se acordó un incremento remunerativo 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026, tomando como base de cálculo el básico más las sumas no remunerativas, escalonado de la siguiente manera:
- 2% a partir de abril 2026
- 1,5% a partir de mayo 2026
- 1,5% a partir de junio 2026
Base de cálculo: básicos convencionales de marzo 2026 + sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, es decir $100.000.
Empleados de comercio: sueldos de marzo a junio por categoría
A continuación, el salario básico inicial de los empleados de comercio para cada mes y cada categoría:
Auxiliar especializado
- Marzo $ 1.180.274
- Abril $ 1.223.879
- Mayo $ 1.241.584
- Junio $ 1.259.288
Vendedor
- Marzo $ 1.171.091
- Abril $ 1.214.513
- Mayo $ 1.232.079
- Junio $ 1.249.646
Personal auxiliar
- Marzo $ 1.171.091
- Abril $ 1.214.513
- Mayo $ 1.232.079
- Junio $ 1.249.646
Cajero
- Marzo $ 1.171.091
- Abril $ 1.214.513
- Mayo $ 1.232.079
- Junio $ 1.249.646
Administrativo
- Marzo $ 1.167.268
- Abril $ 1.210.613
- Mayo $ 1.228.122
- Junio $ 1.245.631
Maestranza
- Marzo $ 1.155.795
- Abril $ 1.198.911
- Mayo $ 1.216.248
- Junio $ 1.233.585

