Si el Congreso aprueba la ley, el tramite será: ir al Registro Civil y manifestar la decisión de disolver el matrimonio.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
BUENOS AIRES.- Dentro del paquete de medidas que contiene la ley ómnibus, que envió el Gobierno al Congreso de la Nación, se propone un divorcio exprés, que no incluye la participación de abogados ni jueces.
La modificación que plantea el Presidente Javier Milei, al Código Civil, es que si hay común acuerdo de las partes, solo deben concurrir al Registro Civil y manifestar la decisión de disolver el matrimonio.
De esta forma, se elimina el trámite judicial para un divorcio y ya no habrá participación de abogados y magistrados.
La reforma está incluida en el Capítulo III, que incorpora cambios en el Código Civil y Comercial. En el Artículo 352 de la ley ómnibus que el primer mandatario envió al Congreso se estableció: “Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: ‘d) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio’”.
En el Código vigente, las causales de la disolución del matrimonio -que figuran en el Capítulo 8, Sección 1°– eran “a) muerte de uno de los cónyuges; b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; c) divorcio declarado judicialmente”. Al incluir el inciso d, el trámite saldría de la esfera judicial y quedaría en el ámbito administrativo.


