Pidió cumplir la condena en su departamento de Constitución, argumentando su edad y el intento de homicidio.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
BUENOS AIRES.- En las últimas horas la defensa de la ex-presidente, Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, pidió cumplir su condena de 6 (seis) años de prisión en la Causa Vialidad en su domicilio y sin usar una tobillera electrónica.
Sus abogados, Alberto Beraldi y Ary Llernovoy, señalaron tres motivos principales: su rol como ex-presidente que requiere una especial seguridad, su intento de homicidio en 2022 y su edad, 72 años.
Fue un escrito de 13 páginas que presentaron en el Tribunal Oral Federal N°2 luego que la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes por la tarde la condena.
El lugar elegido según indicó la defensa es el edificio de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución, donde vive actualmente.
Remarcaron que como ex-mandataria argentina tuvo “información de carácter secreto o bien confidencial”, por lo que debe tener una custodia especial de la Policía Federal.
“Resulta incontrovertible que en el caso de Cristina Fernández de Kirchner, el cumplimiento de una pena privativa de libertad sólo puede ser llevado a cabo bajo la modalidad de detención domiciliaria. Ello así, pues su alojamiento en una institución carcelaria de manera alguna es compatible con los recaudos de seguridad que deben serle garantizados a una persona que se encuentra en la situación de nuestra asistida”, sostuvieron.
Y agregaron: “las condiciones de seguridad que deberían ser impuestas a Cristina Fernández de Kirchner dentro de una institución carcelaria conllevan a eliminar la posibilidad de que la ex Presidenta de la Nación comparta lugares comunes con otros internos y que sea sometida a un sistema de supervisión continua. En otras palabras, se le debería imponer a nuestra defendida un régimen de aislamiento absoluto y de vigilancia permanente, medidas que resultan incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales que rigen en materia de ejecución penal, los cuales prohíben que las personas privadas de su libertad ambulatoria sean sometidas a tratos crueles o inhumanos”.