El organismo fiscal fijo nuevos montos máximos para realizar transacciones sin declarar.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
BUENOS AIRES.- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzará a supervisar a los usuarios de billeteras virtuales, que realicen transacciones que superen los $400.000.
La medida fue establecida por la Resolución General N° 4298, que también especifica que para evitar notificaciones en los saldos mensuales, las transacciones no deben exceder los $700.000.
La Resolución General abarca a las empresas administradoras de billeteras virtuales, por ejemplo Mercado Pago o Ualá, las que estarán obligadas a notificar ante AFIP las operaciones de clientes, cuando estas superen el monto de $400.000, con el objetivo de prevenir maniobras de lavado de activos.
El objetivo de la norma, estará puesto tanto en los egresos de dinero como en los ingresos. Superar el monto podría hacer al usuario pasible de pedidos de documentación respaldatoria, que justifique el origen de los fondos.
También contempla a las tarjetas de créditos, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales. En el caso de las tarjetas de crédito, el límite para los consumos en el país, sin que se informe a la AFIP, es de $400.000 de forma mensual.
En el caso de los plazos fijos, las entidades financieras deberán dar cuenta a la AFIP de los movimientos cuando el monto total acumulado realizado en un mes, alcance o supere los $700.000.

