El Gobierno oficializó, a través de la CNV, una reforma en el sistema de pago de indemnizaciones.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
BUENOS AIRES.- Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 1071/2025, en la cual delimita el marco regulatorio de los «Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral», según se denominan estos nuevos instrumentos; instrumentos que llegan como alternativa a las indemnizaciones por antigüedad y otros estilos ya vigentes en los diferentes rubros del mercado de trabajo.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado del Estado, Federico Sturzenegger, destacó al respecto: «Estos instrumentos quedan aprobados por el artículo 96 de la Ley Bases. Este punto de la legislación permite armas su propio sistema de indemnización a cada convención colectiva. La participación termina siendo voluntaria, tanto para empresas como trabajadores, que pueden acordar a su gusto las condiciones particulares».
Los Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral, permiten acumular fondos en lo que la Comisión Nacional de Valores (CNV) denomina «Fondos Comunes de Inversión Abiertos». Los trabajadores y empleadores puede pactar un porcentaje de la remuneración y un monto fijo que el empleador aportará. También, las contribuciones pueden ser realizadas por ambas partes, mismo a nivel individual, como empresa o nivel sector. Si los aportes tienen su origen en el empleador, estos serán cedidos «en condición suspensiva a favor del trabajador». Es decir, que el trabajador adquiere derechos sobre ellos bajo ciertas condiciones.
Nuevas modalidades de indemnizaciones
1 – En primer lugar, están los Fondos Comunes de Inversión de Cese Laboral (FCI). Una vez que se produzca el cambio de las cuotapartes a favor del trabajador, este podrá disponer libremente de ellas pero no podrá efectuar nuevas suscripciones en el Fondo Común de Inversión. Además, no se va a permitir la adquisición de valores negociables o instrumentos financieros emitidos por los empleadores, mientras que los fondos deberán «evitar una concentración por industria mayor al 30% del patrimonio neto del FCI».
2 – Por otro lado, se podrá adherir a Fideicomisos Financieros de Cese Laboral (FF). Al contrario de los FCI, no deben contar con un prospecto previo a aprobar por la CNV. Se permitirá la incorporación de fiduciantes durante la vigencia del fideicomiso y solo podrán emitir «certificados de participación». En cuanto a los instrumentos emitidos por empleadores y la concentración por industria, deberán seguir las mismas reglas que los FCI. A su vez, será posible la participación de un Comité de Inversiones o un Asesor de Inversiones, siempre que no haya una vinculación con una asociación sindical y que los costos sean «razonables y transparentes».
