El santacruceño cumple una condena de 15 años, por las causas “Vialidad” y “La Ruta del Dinero K”.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
BUENOS AIRES.- En las últimas horas tomó estado público que la Cámara Federal de Casación Penal, confirmó que Lázaro Antonio Báez continuará su detención en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, al rechazar el pedido de prisión domiciliaria que presentó su defensa. Purga una pena de 15 años por las causas “Vialidad” y “La Ruta del Dinero K”.
La decisión se tomó con el voto mayoritario de los jueces Javier Carbajo y Ángela Ledesma, mientras que el camarista Mariano Borinsky se pronunció en disidencia, a favor de otorgar el beneficio.
El fallo confirmó la decisión del Tribunal Oral Federal N° 4, de retirarlo del Hospital Central Penitenciario, para ser alojado en el «Pabellón K” del penal de Ezeiza.
El ex-cajero bancario, condenado por lavado de dinero, argumentó a través de sus abogados, que el establecimiento penitenciario no contaba con los recursos necesarios para tratar sus múltiples problemas de salud y que su presencia en su casa resultaba indispensable para el cuidado de su pareja y sus hijos.
El fallo de Casación
El voto mayoritario de los jueces no avaló los argumentos, y ratificó que el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza está en condiciones de alojar detenidos con problemas de salud, como los de Báez.
El juez Carbajo resaltó que los estudios realizados por especialistas en neumonología, cardiología y oftalmología del Cuerpo Médico Forense y el SPF concluyeron que el paciente se encontraba hemodinámicamente estable y compensado.
Los peritos oficiales indicaron que las dolencias podían tratarse adecuadamente dentro de la unidad carcelaria, siempre que se cumplieran las indicaciones farmacológicas y los controles periódicos.
El Servicio Penitenciario Federal informó que cuenta con la infraestructura, el personal y el equipamiento necesarios para atender las necesidades sanitarias del presidiario, incluyendo guardia médica permanente y ambulancia para traslados de urgencia.
La defensa no logró probar que la permanencia en prisión, implicara un riesgo cierto para la vida de Báez, ni que existiera una falta de atención por parte del Estado Nacional.
En cuanto a la situación de los menores, los jueces Carbajo y Ledesma consideraron que no se verificó un estado de desamparo, que justificara la excepción al régimen de ejecución de la pena.

