Luego de un fallo en contra en primera instancia, Juan Ricardo Mussa acudió a la Corte Suprema para exigir la reapertura de la investigación.
Hugo Roldán
El Federal Noticias
En el inicio del fin de semana, el empresario Juan Ricardo Mussa, hizo pública su demanda contra Cristina Fernández de Kirchner, por generar las condiciones de un golpe de Estado contra su propio gobierno e intentar desestabilizar el país que conduce Alberto Fernández. Tras la sentencia en contra de primera instancia en el Juzgado Federal Nro. 3 a cargo de Daniel Rafecas, ahora Mussa acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación bajo el recurso de Per Saltum.
PER SALTUM.-
EXCMA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Excmo. Presidente Don Horacio Rossati
JUAN RICARDO MUSSA, DNI. 4.705.745, constituyendo domicilio electrónico 20047057451, conforme lo prescripto por el artículo 19 ley 23.298 y Acordada 35/2015 de la C.S.J.N., y domicilio procesal en calle Cerrito 228 piso 2° B de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Causa Nro. 2058/2022/CFP, ante V.E. como mejor proceda en derecho digo:
I.-MOTIVA LA ADMISIBILIDAD DEL PRESENTE PER SALTUM:
Atento a que se ha presentado el 22 de junio pasado, en el Juzgado Federal 3, a cargo del Dr. Daniel Rafecas, está imploración judicial, es que vengo ante V.E. para decirles que ante la molicie judicial del estado actual del presente expediente de marras, me hace razonar que no me perjudica en lo personal, si es una demostración de considerar a nosotros los Ciudadanos comunes entre hijos o entenados, esto nos perjudica a los desposeídos de toda compresión e inunda con miseria a los hombres que la sociedad considera probos, (Máximo Tribunal de la Nación), es por esto que reclamo su fallo, atento que la Ley 26.790, dice de (FORMA, PLAZO, TRAMITE Y EFECTOS), plazos en los 257 bis y 257 ter, de un recurso extraordinario, fundado en los términos del Art. 14 de la ley 48 y se funda en la forma exigida por los Arts. 14 inc 2 y 15 de la misma. Donde se interpuso dentro de lo diez (10) días de haber sido notificada la resolución recurrida. La resolución atacada es definitiva y causa gravamen irreparable sin que exista oportunidad procesal útil para proteger los derechos vulnerados. También lesiona gravemente la legalidad y supremacía de preceptos constitucionales y convencionales (Arts. 19 y 31 C.N.) y constituyendo una cuestión federal compleja directa, toda vez que existe una colisión entre lo normado por la Ley 23.298 Art. 10 inc. f y la resolución recurrida. Asimismo, vulnera la garantía de debido proceso y a una decisión razonada y fundada y de tutela judicial efectiva (arts. 37° y 38° CN). La cuestión Federal fue oportunamente introducida por esta parte, al interponer el recurso de casación. La arbitrariedad de la sentencia será objeto de metódico análisis en los parágrafos respectivos.
II.-HECHOS:
Cristina Kirchner, en principio supuestamente quien le complicaba la vida era Martin Guzmán, luego en esa pequeña luna de miel con Batakis, (Máximo Kirchner comenzaba a desarrollar actos como la gran espada política) empezaba a soñar que seguía dominando el espectro político, pero el Presidente para tratar de defenderse, ante los ataques que viene sufriendo su investidura, le ordeno a la nueva Ministra Batakis cuáles eran los pasos a dar, “…MANTENER EL ACUERDO CON EL FMI, BAJAR EL DEFICIT, O SEA DECIRLE, QUE QUIEN GOBIERNA ES EL PODER EJECUTIVO DE LA NACION, a la Vicepresidente”, pero ella vuelve a sus treces con todo su poder de choque, y arremete con sus aprietes le habían dado, dominaba la situación momentáneamente como autora intelectual de la revolución por vía del sabotaje, que profundizando desde el caos está buscando posición ya he indicado como la colonialidad (Llámese Piqueteros, CGT afín con sus ideas, funcionarios cómplices, como un enlace central. Las historias están conectadas a través de la colonialidad. No son premoniciones que surgen desde la comparación, son más bien trayectorias múltiples, hacia el desorden que necesitan lograr para así integradas totalmente en el flujo de la historia única, la Argentina “Socialista”.
Más bien lo es internamente, es enfrentada pensando cómo operan sus modos de dominio en tiempos y geografías diversas. En este contexto, CFK, busca vía la desindustrialización del país, ejercer el poder total, entendiendo que es ella el Poder Ejecutivo nacional, disponiendo de la vida toda de la Ciudadanía.
III.- PRUEBAS DE DESESTABILIZACION DEL PAÍS:
Pergeñando el gran golpe la Comandante Cristina Kirchner, busca el final de la democracia.
a).- Comenzar a sacarse la careta de todos los jerarcas de tropas sociales, que supuestamente son antagónicos, los de izquierda con los que dominan Pérsico, Grabois y el diputado Juan Carlos Alderete es el líder de la CCC, se han unificado en sus ataques directos a la sociedad, fabricando caos, como fuerza de choque.
b) La CGT, afín a la Vice Presidente planteando movilizaciones.
c).- Cristina Kirchner y Sergio Massa, en medio de la crisis económica y con una fuerte escalada inflacionaria, los diputados y senadores tendrían un aumento de las dietas del 69 % en sintonía con la paritaria que las autoridades de ambas cámaras cerraron con los distintos gremios que representan a los empleados legislativos, luego de las quejas transmitidas contra.
d).- Diputados Nacionales, reclamando “…Salario Básico Universal”, (Salarios o Sueldos le pertenecen a las personas que trabajan), esto es una dadiva, el de qué se trata la propuesta del kirchnerismo y apunta a diezmar las arcas del Estado, para desaparezca como Nación.
IV.- PETITORIO.
a) Solicito se dé por presentado, constituido el domicilio electrónico y procesal.
b) Se resuelva el presente pronto despacho.
c) Sostengo en caso de denegatoria del presente expediente de marras, formulamos reserva de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, llamada «Pacto de San José de Costa Rica«.
Proveer de conformidad,
AFIANZARA LA JUSTICIA.-
Blog de Juan R Mussa:
https://alternativafederal2019.blogspot.com/2022/07/per-saltum.html?spref=tw